Las vacaciones de una empleada de hogar no funcionan igual según la modalidad de trabajo: si tiene una jornada fija con un único empleador, se traducen en días reales de descanso; si trabaja por horas para varios hogares, ya van incluidas en el precio de la hora y no se disfrutan como tal. Vamos a verlo con detalle, con la normativa específica que regula esta relación laboral.
¿Cuántos días de vacaciones le corresponden?
El Real Decreto 1620/2011, que regula la relación laboral especial del servicio del hogar familiar, fija en su artículo 9 un periodo de 30 días naturales al año para quien trabaja la jornada completa durante todo el año. Si el contrato no cubre el año entero, o la jornada es parcial, el derecho se genera de forma proporcional: en la práctica, a razón de 2,5 días por mes trabajado.
Algunos ejemplos de cómo queda esa proporción:
| Meses trabajados en el año | Días de vacaciones |
|---|---|
| 12 meses (año completo) | 30 días |
| 6 meses | 15 días |
| 3 meses | 7,5 días |
| 1 mes | 2,5 días |
¿Cómo se organiza el calendario?
El propio artículo 9 establece que el periodo o periodos de disfrute se acuerdan entre empleador y trabajadora. Puede fraccionarse en dos o más tramos, aunque al menos uno de ellos debe ser de 15 días naturales consecutivos como mínimo. Si no hay acuerdo, la ley da una solución de reparto: el empleador puede fijar 15 días según las necesidades familiares, y la trabajadora elige libremente el resto — pero en cualquier caso, las fechas concretas deben conocerse con al menos dos meses de antelación al inicio del disfrute.
Un detalle poco conocido: durante ese periodo, si la trabajadora es interna, el Real Decreto aclara expresamente que no está obligada a residir en el domicilio familiar.
Jornada fija vs. por horas: no se disfrutan igual
Aquí está la diferencia que más confusión genera. Todo lo anterior aplica a quien tiene una jornada fija con un único empleador. Si trabaja por horas para varios hogares (menos de 120 días al año con un mismo empleador, la modalidad que explicamos en nuestro artículo sobre contrato por horas vs. por días), las vacaciones no se disfrutan como un periodo de descanso aparte: van ya incluidas en el precio de la hora. El mínimo de 9,55 €/hora en 2026 para esta modalidad incorpora de forma prorrateada tanto las pagas extra como la parte proporcional de vacaciones y festivos, así que no hay que añadir ni pagar nada adicional por ese concepto.
| Aspecto | Jornada fija (un empleador) | Por horas (varios hogares) |
|---|---|---|
| Vacaciones | 30 días naturales/año (o parte proporcional) | No se disfrutan como descanso aparte |
| Cómo se retribuyen | Como periodo de descanso pagado | Incluidas en el precio por hora (9,55 €/hora en 2026) |
| Calendario | Se acuerda con 2 meses de antelación | No aplica |
¿Y si terminan la relación laboral con vacaciones sin disfrutar?
Es habitual, sobre todo en jornada fija: la trabajadora se va (o la despides) sin haber disfrutado todos los días de vacaciones que había generado. En ese caso, esos días se abonan en dinero como parte del finiquito, junto con el resto de conceptos que corresponda liquidar. Puedes ver exactamente qué incluye y cuánto es en nuestro artículo sobre el finiquito de una empleada de hogar.
Sea cual sea la modalidad, puedes calcular en segundos la nómina correspondiente con nuestro simulador gratuito.
En resumen
Con jornada fija, la empleada de hogar tiene derecho a 30 días naturales de vacaciones al año (o la parte proporcional si no trabaja el año entero), se acuerdan entre las partes con al menos dos meses de antelación, y pueden fraccionarse siempre que un tramo sea de al menos 15 días consecutivos. Trabajando por horas para varios hogares, en cambio, las vacaciones ya van incluidas en el precio de la hora y no se disfrutan como descanso aparte. Y si al terminar la relación quedan días sin disfrutar, se liquidan económicamente en el finiquito.
Vacaciones de una empleada de hogar: días y cómo se organizan en 2026