Si tu empleada de hogar es interna y le proporcionas manutención y alojamiento, puedes descontar parte de su salario por ello — pero solo hasta un límite, y con una condición que nunca puede saltarse: el dinero en metálico que recibe cada mes no puede bajar del salario mínimo.
¿Qué es el salario en especie en este contexto?
Es la parte de la retribución que no se paga en dinero, sino en manutención (comida) y alojamiento — típico de la modalidad interna, donde la trabajadora vive en el domicilio familiar. El Real Decreto 1620/2011 regula expresamente en su artículo 8 cuánto se puede descontar por este concepto del salario total pactado.
¿Cuánto se puede descontar como máximo?
El artículo 8.2 fija el límite con claridad: se puede descontar "el porcentaje que las partes acuerden", pero sin que la suma de los diversos conceptos pueda resultar un porcentaje de descuento superior al 30 % del salario total. Manutención y alojamiento juntos, por tanto, nunca pueden representar más de un tercio de lo que gana la trabajadora.
El límite que nunca se puede saltar: el SMI en metálico
Aquí está la garantía real para la trabajadora: el mismo artículo exige que quede garantizado el pago en metálico, al menos, del Salario Mínimo Interprofesional en cómputo mensual. Es decir, por muy generoso que sea el alojamiento o la comida que se le proporcione, eso nunca puede usarse para "completar" hasta el SMI — el dinero que llega a su cuenta o se le entrega en mano tiene que alcanzar por sí solo el SMI vigente (puedes consultar las cifras actualizadas de 2026 en nuestro artículo sobre el SMI de una empleada de hogar). El salario en especie solo puede añadirse por encima de ese suelo, nunca sustituirlo.
¿Hace falta pactarlo expresamente?
Sí. El propio texto habla de "el porcentaje que las partes acuerden", así que no es un descuento automático que el empleador pueda aplicar por su cuenta: debe quedar claro —idealmente por escrito, en el contrato— qué valor se atribuye a la manutención y al alojamiento, y ese valor es el que se descuenta y el que se refleja como salario en especie en la nómina.
¿Afecta a la base de cotización?
Sí, y es un punto que se pasa por alto a menudo: el salario en especie se suma al salario en metálico a la hora de calcular la retribución mensual total, que es la que se compara con la tabla de tramos de cotización. Puede darse el caso de que, sumando ambos conceptos, la trabajadora suba de tramo respecto a lo que indicaría solo su salario en metálico.
Un ejemplo rápido
Una interna cobra 1.424,50 € en metálico al mes (justo el SMI de 2026 a jornada completa) y tiene manutención y alojamiento valorados de mutuo acuerdo en 400 € al mes. Comprobamos los dos límites:
- Porcentaje del salario en especie: 400 € sobre un total de 1.824,50 € es un 21,9 % — por debajo del 30 % máximo. Cumple.
- SMI en metálico: 1.424,50 € en mano supera el SMI de 2026. Cumple.
Para la cotización, la retribución mensual a considerar no son los 1.424,50 € que ve en su cuenta, sino los 1.824,50 € totales — la suma de metálico y especie —, que es la cifra que hay que comparar con la tabla de tramos.
Si necesitas calcular la nómina completa de un mes, puedes hacerlo en segundos con nuestro simulador gratuito.
En resumen
La manutención y el alojamiento de una interna pueden descontarse del salario como retribución en especie, pero como máximo un 30 % del salario total, y solo si se ha pactado expresamente. El dinero en metálico que recibe la trabajadora tiene que alcanzar por sí solo el SMI vigente, sin contar con la especie para completarlo. Y a efectos de cotización, ambos conceptos se suman: la base se calcula sobre el total, no solo sobre lo que se paga en dinero.
Salario en especie de una empleada de hogar: manutención y alojamiento