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Cómo tramitar la baja de una empleada de hogar

Plazos, pasos en Importass y qué pasa si te retrasas

Respuesta corta: la baja de una empleada de hogar se tramita en Importass, y tienes de plazo hasta 3 días después de que termine el servicio (o puedes adelantarla hasta 60 días antes de la fecha prevista). Si te pasas de ese plazo, la baja se sigue pudiendo tramitar, pero a efectos de cotización cuenta como fecha de cese el día en que la presentas, no el día real en que dejó de trabajar.

¿Cuál es el plazo para tramitar la baja?

Como empleador, tienes que comunicar el cese como máximo 3 días naturales después de que termine la relación laboral. También puedes tramitarla con antelación, hasta 60 días antes de la fecha en que sepas que va a terminar (por ejemplo, si ya está pactado el último día de trabajo).

Paso a paso: cómo se tramita la baja en Importass

El trámite se hace online, en la página de Baja de empleo de hogar de Importass.

  1. Identifícate con Cl@ve, certificado digital, o el sistema de verificación de identidad si no dispones de ninguno de los dos.
  2. Selecciona a la persona trabajadora de la que quieres tramitar la baja, de entre las que tienes de alta contigo.
  3. Indica la fecha de cese: el último día real de la relación laboral.
  4. Confirma y envía. Recibirás la confirmación de la baja de forma inmediata.

¿Qué pasa si me paso del plazo de 3 días?

La baja se puede seguir presentando fuera de plazo, pero a efectos de cotización se toma como fecha de cese el día en que realmente la tramitas, no el día en que la trabajadora dejó de prestar servicio. En la práctica, eso significa que sigues cotizando por los días de más hasta que la tramitas, y además te expones a la sanción correspondiente por presentarla tarde. Conviene no dejarlo pasar.

¿Hay que liquidarle algo más además de tramitar la baja?

Sí: aparte del trámite ante la Seguridad Social, al terminar la relación laboral hay que abonar el finiquito (partes proporcionales de pagas extra y vacaciones no disfrutadas, entre otros conceptos), que es independiente de la baja administrativa. Puedes ver qué incluye exactamente y cuánto corresponde en cada caso en nuestro artículo dedicado al finiquito.

¿Y si solo cambia la modalidad, no termina la relación?

Si la trabajadora sigue contigo pero cambian las condiciones —por ejemplo, pasa de trabajar por horas a tener una jornada fija, o al revés—, normalmente no hace falta dar de baja y volver a dar de alta: Importass permite modificar directamente las condiciones de un alta ya existente. Puedes ver la diferencia entre ambas modalidades en nuestro artículo sobre contrato por horas vs. por días.

Y si lo que necesitas ahora es calcular la última nómina antes de la baja, puedes hacerlo en segundos con nuestro simulador gratuito.

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En resumen

Tramita la baja en Importass en un máximo de 3 días tras el cese (o antes, si ya conoces la fecha), no lo dejes pasar porque seguirás cotizando de más, y recuerda que la baja administrativa y el finiquito son dos trámites distintos que hay que resolver por separado.


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