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Dar de alta a una empleada de hogar: preguntas frecuentes

Familiares, servicios puntuales, empresas de limpieza y otras dudas habituales

Además de los pasos del trámite, hay algunas dudas concretas que surgen a menudo al dar de alta a una empleada de hogar y que no encajan del todo en una guía paso a paso. Las respondemos aquí, una por una.

¿Cuánto tarda en tramitarse el alta?

Si te identificas con Cl@ve o certificado digital, el trámite se resuelve al momento, en unos pocos minutos. Si no tienes ninguno de los dos, la Tesorería tiene que verificar tu identidad por otra vía (normalmente con una foto del DNI y una selfie), y el alta queda pendiente de confirmación hasta que se complete esa verificación.

¿Puedo dar de alta a mi madre, mi pareja o un hijo como empleada de hogar?

Como norma general, no. El artículo 1.3.e) del Estatuto de los Trabajadores excluye de la relación laboral los trabajos realizados para el cónyuge, descendientes, ascendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, cuando conviven contigo. Se presume que no hay relación laboral, salvo que se demuestre lo contrario (una prestación de servicios real, con retribución genuina, independiente del vínculo familiar). En la práctica, esto significa que no puedes formalizar un alta como empleada de hogar para un familiar cercano que vive en tu misma casa sin más.

¿Es lo mismo contratarla directamente que a través de una empresa de limpieza?

No. El Sistema Especial de Empleados de Hogar solo se aplica cuando tú eres el empleador directo de la persona que presta el servicio. Si contratas a una empresa de limpieza o a una plataforma para que te envíe personal, la relación laboral de esas personas es con la empresa, no contigo — es la empresa quien las tiene de alta y quien asume esas obligaciones, no tú como particular.

¿Hace falta dar de alta para un servicio puntual, de un solo día?

Depende de si existe una relación de dependencia real o no. Si contratas a alguien de forma puntual y sin continuidad, sin que exista una relación de subordinación (por ejemplo, un profesional autónomo que factura el servicio), no entra dentro de este régimen. Pero si la persona trabaja bajo tus instrucciones y con los medios que tú le proporcionas, aunque sea un solo día, puede considerarse relación laboral y requerir alta. Ante la duda, lo más seguro es tramitarla: el alta es gratuita y se puede dar también de baja el mismo día si el servicio termina ahí.

¿Puedo tener varias personas dadas de alta a la vez?

Sí. Puedes tener a varias trabajadoras de hogar dadas de alta simultáneamente contigo como empleador (por ejemplo, una interna y otra por horas para tareas distintas), cada una con su propia alta independiente, sus propias condiciones de contrato y su propia nómina mensual.

Si todavía no has tramitado ningún alta, puedes ver el proceso completo, paso a paso, en nuestra guía sobre cómo dar de alta a una empleada de hogar, y calcular la nómina en segundos con nuestro simulador gratuito.

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